Ampliación de plazos para la ITE en Málaga

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El próximo 14 de diciembre entrará en vigor la nueva Ordenanza Municipal de Conservación e Inspección Técnica de las Edificaciones de Málaga.

Son dos las principales modificaciones que sufre la ordenanza respecto a la anterior. Por un lado, la ya conocida desde hace unos meses de que la ordenanza se ajustaría a lo establecido en la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, en el sentido de que la inspección será exigida por obligación a los edificios con más de 50 años, y por otro lado, la ampliación del plazo actual que finalizaba el día 31 de diciembre y finalmente se prorroga hasta el 31 de enero de 2.014.

En nuestra opinión, entendemos que esta noticia alegrará a la mayoría de los malagueños que estaban dubitativos sobre si tendrían que pasar la inspección o no, por lo que nosotros también nos congratulamos por ello.

No obstante, nos vemos obligados a recordar que desde que se implementara la inspección técnica de edificios en Málaga, ésta ha solucionado muchos problemas detectados en edificios que a la larga terminarían dando problemas mayores, así como ha prevenido otras situaciones de riesgo para las personas. En definitiva, se trata de un trámite que va siempre en beneficio de la edificación y del ahorro económico que supone detectar una patología a tiempo. Por ello, no podemos dejar de recomendar que si lo desean, realicen las inspecciones con anterioridad al cumplimiento del plazo correspondiente, aunque no tengan 50 años aún.

Fijémonos en un ejemplo muy sencillo: un edificio construido en 1.980 hace unos meses tenía la obligación de ser inspeccionado este año 2.013. A partir del 14 de diciembre, este edificio no tendrá la obligación de someterse a una inspección técnica hasta el año 2.030, es decir, 17 años más tarde.

¿Creen ustedes que si una patología se detecta y repara ahora no saldrá mucho más rentable económicamente que si lo hacen dentro de 17 años (en el mejor de los casos si no hay que repararla antes por la seguridad o salubridad de los vecinos del edificio)?

Lo dicho, tras dar nuestra opinión y recomendación al respecto, sacamos en conclusión, pues, dos cuestiones que deben quedar claras a partir del próximo día 14 y que todos los malagueños deberán conocer:

  • Los edificios construidos entre los años 1.963 y 1.981 no tendrán que pasar necesariamente la inspección antes de que acabe este año 2.013, sino dentro de los trece meses siguientes a la fecha en que cumplan 50 años.
  • Los edificios construidos entre los años 1.957 y 1.962 dispondrán de un mes más para presentar la inspección, dado que el plazo no finaliza el 31 de diciembre, sino el 31 de enero.

Para solicitar cualquier información, no duden en contactar con nosotros.

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