ITE ESTEPONA

 

PLAZOS

Fecha de la primera inspección

La fecha límites para presentar la ite Estepona es a partir  del año siguiente en el cual el edificio cumpla 30 años., es aconsejable que antes de que se cumpla el plazo se inicie el proceso, dado que en ocasiones hay que resolver algunos inconvenientes burocráticos a nivel del ayuntamiento, casi siempre derivados con la identificación del inmueble.

Para la segunda y sucesivas inspecciones:

Deberá volverse a realizar a los diez años de su primera realización, donde se verificara si se han subsanado las patalogías encontradas en la primera y el mantenimiento llevado a cabo durante este periodo, un mantenimiento adecuado en el edificio alargara la vida útil del mismo y evitara la realización de reparaciones costosas.

Ite Estepona realizada por Alkidia empresa especializada.

PREGUNTAS FRECUENTES

 

¿Quien esta obligado a realizarla?

Es deber pasarla por el propietario de la edificación ya sea de una persona física o jurídica, si la propiedad del mismo estuviera basada en una división horizontal seria la comunidad de propietarios la que tuviera que realizar el encargo, es relevante también destacar que las edificaciones no les afecta el uso destinado para tener que realizarla, según indícala ordenanza reguladora de la inspección técnica de edificios de Estepona.

¿Qué hay que inspeccionar en la ite?

La revisión consiste en una visita por el inmueble para comprobar la seguridad, salubridad y habitabilidad, principalmente se comprueba la estabilidad del mismo, es decir los cimientos y el sistema estructural, las humedades o infiltraciones del exterior al interior del mismo ya sea por cubierta o fachada, que ningún elemento sea susceptible de ciada a vía publica o privada evitando que puedan caer a alguna persona. Por ultimo las instalaciones comunes del edificio, principalmente electricidad, fonatenería y saneamiento.

¿Cuando se aprueba la Ordenanza Reguladora de la Inspección Técnica de Edificios de Estepona?

La Ordenanza  entro en vigor el 18 de agosto de 2007 con su publicación en el boletín oficial de la provincia.

¿Es obligatoria para edificios rehabilitados recientemente?

En este caso lo que aconsejamos es que se consulte directamente en el ayuntamiento dado que dependiendo de la licencia solicitada y los elementos afectadas puede estar exenta de pasarla, conforme al Art. 7 de la Ordenanza Reguladora

“las distintas Delegaciones y Servicios municipales del Ayuntamiento de Estepona colaborará con los interesados facilitándoles los datos y antecedentes de los edificios que obren en sus archivos”.

¿Qué ocurre si no se presenta?

Si transcurrido el plazo de presentación del informe, el ayuntamiento se lo solicitara al afectado para que en el plazo de tres meses la realice en caso de desistir de presentarlo ya se realizara  por la vía ordinaria de disciplina urbanística.

Después de visitar nuestra pagina de la ite Estepona puede seguir por la pagina de la ITE Mijas donde también tenemos realizada el análisis de la misma,