ITE MÁLAGA

 

PLAZOS

Primera inspección

Como regla general, el primer informe de la ite Málaga se presentará antes de los trece meses siguientes al año en que cumplan 50 años. Sin embargo, para los edificios construidos entre los años 1.957 y 1.962, ambos inclusive, el plazo ha finalizo el 31 de enero del año 2.014.

Si su edificio fue construido antes del año 1.962, le recomendamos que se ponga en contacto con nosotros vía correo electrónico o teléfono para poder realizar la inspección a la mayor brevedad posible, dado que si ésta no se realiza, la propiedad podrá ser sancionada económicamente y privada de diversos derechos.

Segunda inspección y sucesivas

El informe debe ser renovado a los 10 años, pero tengamos cuidado y no caigamos en posibles confusiones.

Estos diez años cuentan a partir de la fecha en que se entregó el informe anterior, siempre y cuando no se haya entregado fuera de plazo, en cuyo caso contará a partir de la fecha de cumplimiento del plazo correspondiente.

Pongamos un ejemplo: un edificio construido en el año 1.968 deberá presentar el informe de inspección antes del 31 de enero de 2.020 (recordemos: trece meses siguientes). Si este edificio presenta el informe, por ejemplo, el 4 de febrero de 2.019, el plazo para renovarlo cumplirá el  4 de febrero de 2.029 (justo diez años después por haberlo presentado dentro del plazo obligatorio). En cambio, si el informe lo presenta el 4 de febrero de 2.020 (fuera del plazo obligatorio), el nuevo informe deberá presentarlo el 31 de enero de 2.030 (diez años después de haberse cumplido el plazo anterior).

TARIFAS

 

Las tarifas para la inspección técnica de un edificio dependen de múltiples factores propios del edificio en cuestión, como son la superficie construida, el estado de conservación, el número de plantas, el tipo de edificio, etcétera.

¿Por qué depende de todo eso? Es muy sencillo de explicar. Nuestro trabajo no es el mismo si el edificio se encuentra en óptimas condiciones de conservación y no sufre ningún daño que si durante la visita vemos numerosas patologías, ya que es en las patologías donde más horas de servicio se dedican en una inspección técnica para poder ofrecer soluciones a las mismas. Asimismo, no se tarda el mismo tiempo en inspeccionar una vivienda de planta baja que una vivienda con dos plantas y ático, o un bloque de siete plantas.

Nosotros le invitamos a que nos pidan presupuesto sin ningún compromiso desde aquí o haciendo clic en el botón de la barra lateral que ven a la izquierda de esta imagen, y muy gustosamente en menos de 48 horas, lo tendrán en su e-mail.

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA ITE

 

En este listado vamos recopilando las preguntas más frecuentes que nos suelen realizar los propietarios de edificios que nos consultan sobre la ITE. Seguro que más de una pregunta se la ha hecho también usted. ¿Hay alguna duda que no se le haya resuelto o alguna pregunta que hacernos?

¿Por qué es obligatorio pasar la ITE?

La ITE, como se le conoce comúnmente, la realizamos a petición de los propietarios de los edificios por exigencia del ayuntamiento. Esta exigencia la regula la Gerencia de Urbanismo de Málaga mediante la ordenanza municipal de conservación e inspección técnica de edificaciones, que entró en vigor el pasado 16 de diciembre, todo ello con el fin de conocer el estado de conservación, las condiciones de estabilidad, seguridad, estanqueidad, consolidación y habitabilidad en que se encuentran las construcciones malagueñas.

¿Qué hay que inspeccionar?

Hay que inspeccionar la cimentación, la estructura, las fachadas exteriores e interiores, medianerías, cubiertas, azoteas e instalaciones de saneamiento, fontanería y electricidad.

¿Cómo puedo saber la edad de mi edificio?

El artículo 32 de la ordenanza establece diversos medios de prueba, de los cuales nosotros recomendamos que tengan en cuenta el de la antigüedad especificada en Catastro.

Para conocer la edad de su edificio en Catastro, debe acceder a su sede electrónica e introducir los datos que se le piden. Para ello, ponemos a su disposición dos guías tutoriales de cómo consultar la edad de su edificio en Catastro, una mediante la referencia catastral, la cual puede consultar en algún recibo de la contribución, y otra con su dirección.

Para acceder a nuestro tutorial de consulta de datos catastrales utilizando la referencia, haga clic aquí.

Para acceder a nuestro tutorial de consulta de datos catastrales utilizando su dirección, haga clic aquí.

Para acceder a la web de consulta de datos de Catastro, haga clic aquí.

¿Qué ocurre si no se presenta el informe a tiempo?

No realizar la inspección técnica del edificio podrá llegar a suponer la realización por parte de la Gerencia de Urbanismo de forma subsidiaria a costa del propietario del edificio.

¿Qué quiere decir esto? Que desde el ayuntamiento se enviará a un técnico al edificio para inspeccionarlo, estando ustedes obligados a dejarle entrar y facilitarle la inspección y, posteriormente, pagar los costes que el ayuntamiento ha asumido en todo el proceso, lo cual supone una cantidad mucho más elevada que si realiza la inspección en el plazo establecido.

Además, de acuerdo con la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, podrán producirse también sanciones económicas adicionales y privación de derechos como puede ser el derecho a solicitar ayudas o subvenciones para obras.

¿A quién debo contratar para hacer la ITE?

Los profesionales que realizan las inspecciones técnicas de edificios son, en función del uso que tengan éstos, los siguientes:

En edificios de uso residencial, cultural, administrativo, religioso, docente o sanitario: arquitectos técnicos y arquitectos.

En edificios de uso industrial; aeronáutico; del transporte terrestre, marítimo, fluvial y aéreo; agropecuario; de la energía; de la hidráulica; minero; naval; de telecomunicaciones (referido a la ingeniería de las telecomunicaciones); forestal; de la ingeniería de saneamiento e higiene, accesorio a las obras de ingeniería y su explotación, y demás edificios que no estén entre los del grupo anterior: arquitectos técnicos, arquitectos, ingenieros técnicos e ingenieros.

Alkidia es un estudio conformado por arquitectos técnicos, por lo que, sea el tipo de edificio que sea y gracias a nuestra experiencia, podrá solicitarnos la inspección técnica de su edificio sin que tenga de qué preocuparse. Para hacer estas inspecciones tendrá que acudir a técnicos profesionales especializados en estas funciones, como los que están a su disposición en nuestro estudio.

¿Cuánto tiempo tarda todo el proceso?

Con Alkidia, entre la primera toma de datos del edificio y la terminación del informe correspondiente, el proceso suele durar hasta un máximo de dos semanas, aunque dependiendo de la situación y los problemas que pueda tener cada edificio, este tiempo se puede ver reducido o levemente aumentado.


¿Es obligatoria la inspección para edificios rehabilitados recientemente?

En caso de que en el inmueble se hayan ejecutado obras de rehabilitación integral, es decir que se haya rehabilitado completamente el edificio incluyendo cimentación y estructura, habiéndose realizado un proyecto de ejecución para tal fin, obteniéndose licencia de obras y de 1ª ocupación una vez concluidas las obras. Para poder recalcular el plazo se deberán aportar (presentación por registro de la GMU) fotocopias de dichas licencias, del plano de situación y del certificado final de las obras de rehabilitación, en función de la fecha de terminación que figure en éste, se comunicará a la propiedad la fecha límite para presentar la Inspección técnica de edificios en Málaga.

¿Quién y dónde se presenta el informe?

El informe es presentado en el Registro de Entrada de la Gerencia de Urbanismo. Nos encargamos de presentarlo nosotros mismos, sin que ustedes tengan que preocuparse por ningún trámite.

¿Qué ocurre si el resultado de la ITE es favorable?

Si el resultado de la inspección es favorable, es un indicador de que el edificio presenta las condiciones adecuadas de consolidación estructural, habitabilidad, seguridad y estanquidad, por lo que no es necesario realizar ningún tipo de obras, aunque sí se puedan dar una serie de recomendaciones de mantenimiento.

¿Y si, por el contrario, es desfavorable?

Si el resultado es desfavorable, quiere decir que el edificio no cumple alguna de las condiciones mencionadas en la respuesta anterior, por lo que se deberá realizar alguna obra de reparación que otorgue al edificio el estado adecuado. En tal caso, se especificarían en el informe los daños que se hubieran detectado durante la visita de inspección, acompañado de las reparaciones que fueran necesarias en cada caso. Para estas obras se da unos plazos, así como un orden de prioridades.

La Gerencia de Urbanismo establece, de por sí, un plazo máximo de tres meses para presentar la solicitud de licencia de obras debidamente cumplimentada.

Una vez finalizadas las obras de reparación, la propiedad podrá optar por dos procedimientos: o bien presentar un certificado final de obra visado en el que se asegure la estabilidad de la edificación, o bien realizar una segunda inspección técnica ITE.

Si un edificio con la ITE favorable sufre algún daño luego, como por ejemplo la caída de una cornisa o la aparición de humedades, ¿quién es el responsable?

Como se explicó en una de las preguntas anteriores, el hecho de que un edificio supere con éxito el trámite de la inspección, quiere decir que, en la fecha del informe, el edificio cumple con las condiciones mencionadas (seguridad, habitabilidad, consolidación y estanqueidad).

En el caso de que pasado un tiempo desde que se realizara la inspección, los usuarios y propietarios del edificio detectaran alguna anomalía en el mismo, se debería estudiar esta anomalía por un técnico cualificado, a fin de localizar sus orígenes y causas.

En caso de que se dictamine y demuestre que esa patología debió haber sido advertida durante la inspección técnica, la responsabilidad podría recaer sobre el técnico que redactó el informe de inspección. No obstante, es el caso menos usual, ya que una inspección técnica siempre ha de ser realizada con una dedicación especial, sin pasar por alto ningún detalle que pueda afectar al resultado del informe.

En el caso de que se dictaminara y demostrara que los orígenes de la patología detectada fueran posteriores al momento de la inspección, no pudiendo por ello el técnico inspector detectarlos, la responsabilidad recaería sobre la propiedad del edificio, ya que la realización de la ITE no exime a los propietarios del edificio de seguir manteniendo y conservando su edificio. Por ejemplo, el hecho de que un bajante no pierda agua en el año 2.013 no quiere decir que no la pueda perder en el año 2.016 por una falta de mantenimiento y deterioro del material.

Lo que se pretende dar a conocer con esta respuesta es que la propiedad del edificio siempre debe estar concienciada en que éste debe ser conservado en buenas condiciones, independientemente del resultado de la ITE, buen ejemplo de esto es la normativa de la ite Jaen que lleva incluido un anejo sobre el mantenimiento posterior.

SUBVENCIONES Y AYUDAS

 

El artículo 35 de la ordenanza municipal de conservación e inspección técnica de edificaciones se establece la posibilidad de que el ayuntamiento convoque subvenciones o ayudas a los propietarios de edificios objeto de inspección en función de los presupuestos municipales de cada ejercicio.

Inspector de edificios de Alkidia supervisando una vivienda en Málaga.

Desde el año 2.011 no se han convocado más ayudas de este tipo. No obstante, desde Alkidia esperamos que esto cambie y a las personas que padecen más dificultades para poder someter sus edificios a la inspección se les facilite el camino.

TASAS EN LA G.M.U DE MÁLAGA

 

Según la Ordenanza Fiscal nº 15 del Ayuntamiento de Málaga, la cual regula las tasas por actuaciones urbanísticas, los impuestos correspondientes a la inspección técnica de edificios son los siguientes:

–   En el caso de que el informe de inspección resulte favorable por no detectarse ningún tipo de patologías en el edificio, la tasa a abonar es de 30 euros.
–   En el caso de que el informe tenga un resultado desfavorable, la tasa asciende a 50 euros. Posteriormente, en el momento de solicitar licencia de obras para reparar las anomalías o los daños que se detectaran, habría que abonar una nueva tasa en función del presupuesto de las obras.

Puede consultar ésta y otras tasas por actuaciones urbanísticas en la citada ordenanza. Para ver la tasa por pasar la ITE, váyase al epígrafe 3 del artículo 10, concretamente en la página nº 8 del documento descargable.

Aparte de la ite Málaga en la provincia existen otras normativas la cual también tenemos analizada y puede consultar como por ejemplo la de la ite Estepona.