ITE TORREMOLINOS

 

Ite Torremolinos son las siglas de la denominada Inspección Técnica de Edificios en la ciudad torremolinense.

Esta inspección se realiza para regular el deber de edificación en los plazos legalmente señalados y el régimen previsto para la inspección técnica de la edificación, todo ello en el marco de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Este trámite obligatorio, regulado por la Ordenanza Municipal sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de la Edificación de Torremolinos, debe ser efectuado por técnicos cualificados. Alkidia, estudio de arquitectos técnicos, le ofrece sus servicios de inspección técnica de edificios dentro de nuestra profesionalidad, experiencia y total independencia.

Nosotros tenemos establecida una metodología de actuación determinada, disponible para su consulta en nuestra página principal de ites, donde explicamos de forma general los pasos que solemos seguir normalmente en nuestras inspecciones de edificios (toma de datos, recepción de documentos, visita, redacción de informe, entrega).

Por otro lado, nos gusta recomendar a quien visita nuestra web que realicen esta inspección como mínimo con un año de antelación al vencimiento del plazo, para su mayor comodidad y tranquilidad. Los plazos son establecidos por la ordenanza y recogidos en esta página, en su pestaña correspondiente.

Desde aquí le invitamos a navegar por nuestra web, en sus diferentes secciones, a fin de que pueda conocernos mejor, así como consultar todo tipo de información relativa a la ITE de Torremolinos. También puede pedirnos presupuesto sin compromiso, el cual recibirá en menos de 48 horas, junto con un anexo detallado de nuestros servicios.

Para concluir esta introducción, le recordamos y rogamos que si, a pesar de toda la información que ponemos a su servicio, le quedara o surgiera algún tipo de duda, nos consulte contactándonos directamente.

PLAZOS ITE TORREMOLINOS

Como regla general, el informe de Inspección de edificios en Torremolinos se presentará en el año siguiente a aquel en que el edificio cumpla 20 años de antigüedad. No obstante, para los edificios que a la entrada en vigor de la ordenanza tuvieran más de esa edad, se ha establecido un periodo transitorio para efectuar el primer informe de la denominada ITV de Edificios antes de las fechas indicadas a continuación:

Edificios construidos antes del 31/07/1961: hasta el 30/07/2013

Edificios construidos entre el 31/07/1961 y el 30/07/1986: hasta el 30/07/2016

Edificios construidos entre el 31/07/1986 y el 30/07/2001: hasta el 30/07/2021

Edificios construidos a partir del 31/07/2001: año siguiente al que cumpla 20 años

Por otro lado, este informe debe ser renovado cada cierto tiempo, dependiendo de la edad que cada edificio tenga. Estos periodos de renovaciones son los que exponemos a continuación:

Los edificios con menos de 50 años deberán volver a pasar la inspección dentro del año siguiente a aquél en que transcurran 15 años desde la fecha en que debió haberse presentado el anterior.

Los edificios con 50 años o más deberán volver a realizar la inspección dentro del año siguiente a aquél en que transcurran 10 años desde la fecha en que debió haber sido presentado el anterior.

¿Quién está obligado a hacer la ITE en Torremolinos?

La ITE Torremolinos tiene la obligación de pasarla los propietarios (personas físicas o jurídicas) o Comunidades de Propietarios de toda clase de edificaciones y construcciones, con independencia de su uso o destino, estarán afectadas por la obligación regulada por la Ordenanza Municipal sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de la Edificación de Torremolinos.

¿Qué hay que inspeccionar?

En la inspección técnica de edificios de Torremolinos hay que inspeccionar las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, indicando su adecuación (o no) respecto a la normativa urbanística y de régimen del suelo.

¿Cuándo se aprueba la Ordenanza Municipal sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de la Edificación de Torremolinos?

La Ordenanza Municipal sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de la Edificación de de Torremolinos, tiene su entrada en vigor el 31 de julio de 2011, publicada en BOP Nº 132, de 12 de julio de 2011.

¿Es obligatoria la ITE para edificios rehabilitados recientemente?

Como hemos visto anteriormente, la obligatoriedad de realización de la Inspección Técnica de Edificios es determinada por la edad del inmueble en cuestión. A los efectos de la Ordenanza de aplicación, es entendida la edad del edificio como el tiempo transcurrido desde la fecha en que se terminó totalmente su construcción o, si el edificio, desde entonces, ha sido sometido a alguna obra de rehabilitación integral (entiéndase como aquella obra que afecte a la generalidad de los elementos estructurales), desde la fecha de terminación de dichas obras.

¿Qué ocurre si no se presenta la ITE?

Si transcurrido el plazo de presentación del informe de Inspección Técnica de la Edificación, éste no se hubiera presentado a tiempo y forma, el Ayuntamiento deberá requerir al propietario que proceda a su entrega, apercibiéndole del inicio del correspondiente procedimiento sancionador. Si aún así, no se presentara el informe de ITE requerido, se efectuará dicho requerimiento por la vía ordinaria del procedimiento correspondiente.

SUBVENCIONES

 

El artículo 34 de la ordenanza establece que el Ayuntamiento dispondrá un sistema de ayudas acorde con los créditos presupuestarios, destinados a aquellos ciudadanos que carecieran de recursos para poder realizar la inspección técnica de su edificio.

Asimismo, en el segundo punto del mismo artículo se especifica que la administración local torremolinense hará lo propio para las obras originadas en el informe de inspección I.T.E.

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